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Canal de denuncias

CANAL DE DENUNCIAS Y ATENCIÓN AL EMPLEADO

 

MIGUÉLEZ pone a disposición de su personal un canal interno que podrá ser utilizado por cualquier persona, tanto para plantear las cuestiones que considere adecuadas respecto al régimen laboral y los derechos y obligaciones que le son aplicables, como para denunciar los hechos que supongan una contravención del Código Ético, o que puedan resultar ilícitos, tanto civiles como penales. Por lo tanto, el canal se estructura con una doble vertiente: la defensa y aclaración de los intereses de los empleados de un modo centralizado y homogéneo, así como constituirse como una vía segura y confidencial para poder poner de manifiesto las conductas poco éticas o irregulares de las que se tuviera conocimiento.

 

Todo el personal de MIGUÉLEZ tiene la obligación, ex artículo 3l.bis.5.4° del Código Penal, de informar de los posibles riesgos e incumplimientos de los que fuese consciente a la Dirección de Cumplimiento Normativo, a través de un canal confidencial y seguro que se pone a su disposición. Igualmente, podrá utilizar dicho canal para plantear situaciones laborales respecto de las que requiera una respuesta de la Dirección de Recursos Humanos y Organización.

 

Este Canal de Denuncias se estructura a través de un servicio interno de Teléfono y Buzón de Atención al Empleado, que permite al empleado la posibilidad de trasladar o elevar peticiones, quejas o denuncias de cualquier tipo, incluidas las potencialmente relacionadas con el Código de Conducta o el Código Ético, y los aspectos relacionados con el cumplimiento de la normativa.

 

Teléfono de Atención al Empleado: 690 758 173

Buzón de Atención al Empleado: E-mail: codigo.conducta@miguelez.com

Correo ordinario: Av. Párroco Pablo Díez, 157 (24010) Trobajo del Camino- León

Para poder recibir y dar por válida una denuncia deberán existir los siguientes elementos:

 

  • Argumentos o pruebas veraces, precisas y constatables que soporten la denuncia.
  • Persona o colectivo denunciado (incluida la empresa en su conjunto).

 

Para poder recibir y dar por válida una consulta deberán existir los siguientes elementos:

 

  • Nombre y apellidos de la persona que realiza la consulta.
  • Consulta.

 

La Dirección de Cumplimiento Normativo mantendrá la confidencialidad del denunciante en todo momento, salvo que le sea exigida dicha información por una autoridad administrativa o judicial, incluido el Ministerio Fiscal.

Las consultas y las denuncias presentadas serán dadas de alta en un registro por la Dirección de Cumplimiento Normativo. Para cada una de ellas mantendrá actualizadas las acciones realizadas y la documentación que se genere en su tramitación y resolución.

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